QUEJAS Y SUGERENCIAS
Descripción:
La hoja de sugerencias y reclamaciones es el instrumento puesto a disposición del ciudadano para que deje constancia de las quejas, reclamaciones, iniciativas o sugerencias que estimen convenientes sobre el funcionamiento del Ayuntamiento de Alicún
Destinatarios:
Ciudadanos
Requisitos exigibles:
- Las personas físicas deberán acreditar su personalidad con el el NIF o CIf y si son extranjeros deberán presentar permiso de residencia/trabajo vigente.
- Las personas jurídicas, deberán aportar fotocopias compulsadas del CIF y escritura de constitución o estatutos fundacionales, así como la identificación de las personas físicas que las representen legalmente y documento que acredite su poder.
- Si la solicitud la formula el representante legal, deberá acreditar tal representación mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fideligna, o mediante declaración en comparecencia personal del representado.
Hoja o formulario de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Alicún
Documentación Complementaria:
Ninguna. El ciudadano podrá aportar la que considere oportuna en referencia a su sugerencia o reclamación.
¿Cuándo solicitar? :
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
Recibidas las sugerencias o reclamaciones la Alcaldía, en el plazo de 20 días naturales y previas las aclaraciones que estime oportuno recabar del ciudadano y de la dependencia objeto de la sugerencia o reclamación, informará al ciudadano de las actuaciones realizadas y de las medidas, en su caso, adoptadas,
Las reclamaciones formuladas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su interposición afectará los plazos establecidos en la normativa vigente.
Estas reclamaciones no condicionan, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
Si transcurrido el plazo de 20 días el ciudadano no hubiera obtenido ninguna respuesta, podrá dirigirse a la Secretaría a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación.
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá estimada
Coste para el solicitante:
...........................
Atención Presencial:
Excmo. Ayuntamiento de Alicún Pza. Alicún, nº 1 04409 Alicún (Almería)
registro@alicun.es
TF: 950640303
Horario de atención Presencial:
La oficina de registro presenciales del Ayuntamiento de Alicún permanecerá abierta de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, salvo festivos y los días 24 y 31 de diciembre. Se considerarán festivos los reconocidos como tales en el municipio de Alicún los días 20 de enero y 26 de agosto.
Las oficinas de registro de Otras Administraciones y Ayuntamientos con los que se ha suscrito convenio para la presentación de documentos, están sujetas a sus correspondientes horarios.
Observaciones:
OFICINAS DE REGISTRO DE ENTIDADES LOCALES CON LAS QUE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Y EL AYUNTAMIENTO HAN SUSCRITO CONVENIO PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS (CONVENIO “060 EXTENDIDO”)
Normativa Aplicable:
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Regimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Ley 11/2007, de 22 de noviembre de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
APLICACIONES Y TRAMITACIÓN TELEMÁTICA
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