Vigente.
AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS.
PLAZO SOLICITUD: Hasta el 2 de marzo de 2021
LÍNEAS DE SUBVENCIONES:
- Línea 1: Ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.
- Línea 2: Ejecución de obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.
BENEFICIARIOS:
- Podrán solicitar las subvenciones las personas propietarias o arrendatarias (cuando acuerden costear las obras a cambio del pago de la renta)
- Los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda tendrán que ser inferior a 5,50 veces el IPREM.
- No podrán haber obtenido una ayuda de rehabilitación para la misma vivienda en los 3 años anteriores.
REQUISITOS DE LA VIVIENDA: Para solicitar la subvención, la vivienda deberá cumplir los siguientes requisitos:
1. Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.
2. No puede ser calificada urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación.
3. Debe tener una superficie útil superior a 36,00 m².
4. Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones.
5. Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzada con esta.
6. No tener consideración de infravivienda.
7. Disponer de informe técnico suscrito por técnico competente que acredite los requisitos,
(actuaciones y presupuesto ejecución material) y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.
Más información en:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/areas/vivienda-rehabilitacion/rehabilitacion/paginas/rehabilitacionviviendas.html